¿A quién va dirigido este programa de ayudas?
Los destinatarios directos y últimos de este programa de ayudas son:
- Las personas físicas o jurídicas, tanto de naturaleza privada o pública, propietarias de edificios existentes, independientemente de cuál sea su uso.
- Las comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios residenciales de uso residencial.
- Los propietarios que, conjuntamente, reúnan los requisitos contemplados en el artículo 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo de Propiedad Horizontal.
- Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios.
- Las empresas o proveedores de servicios energéticos.
- Las Comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía.
- Los ayuntamientos, las diputaciones provinciales o las entidades locales equivalentes y las mancomunidades o agrupaciones de municipios españoles, cabildos y consejos insulares, las administraciones de las comunidades autónomas o Ceuta y Melilla, y cualquier tipo de organismo público y entidades de derecho público que puedan actuar en representación de comunidades de propietarios u otros propietarios de edificios.
¿Cómo solicitar las ayudas Pree 5000?
Desde la fecha establecida en las convocatorias de las diferentes Comunidades Autónomas y hasta el 31 de diciembre de 2023 se podrán presentar las solicitudes correspondientes a este programa de ayudas.
Para poder ser beneficiario, es necesario llevar a cabo la tramitación correspondiente a través de un agente rehabilitador, ya sea un técnico, un gestor, un profesional experto o una empresa especialista en trabajos de rehabilitación de viviendas.