Principales novedades del Código Técnico de la Edificación 2019
En plena crisis climática, el Código Técnico de la Edificación CTE, marco normativo español que establece las exigencias que deben cumplir los edificios, da un paso más allá en materia de ahorro energético, y mejora en aspectos de salubridad y seguridad en caso de incendio.

El pasado 27 de diciembre de 2019 se publicó en el BOE el Real Decreto 732/2019 de 20 de diciembre, por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación, lográndose un progreso en las prestaciones de los recursos del sector de la construcción que apuesta por soluciones energéticamente más eficientes y sostenibles, encaminadas entre otros aspectos a la mejora de la salud, el confort y la seguridad de los usuarios. Se trata de una modificación alineada con la Directiva Europea de eficiencia energética 2010/31/UE relativa a esta materia en los edificios, y orientada a la construcción en Europa de edificios de consumo de energía casi nulo.
La aplicación de las modificaciones del nuevo CTE concierne tanto a obra de nueva construcción como intervenciones en edificios existentes, y será de obligado cumplimiento a partir de los 6 meses de la publicación anteriormente mencionada incrementando el periodo (en días naturales) correspondiente a la duración del estado de alarma (ver nota informativa del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana).
Aquellas obras con licencia obtenida antes del 14 de marzo de 2020 y cuyos proyectos no estuvieran adaptados a las últimas modificaciones del CTE deberán comenzar en el plazo previsto en la propia licencia más el periodo correspondiente a la duración del estado de alarma, o en defecto de previsión, en el plazo de 6 meses desde el otorgamiento de la licencia más el periodo correspondiente a la duración del estado de alarma. En caso contrario deberán adaptar sus proyectos a las modificaciones del CTE aprobadas en el Real Decreto 732/2019.
Aquellas obras sin licencia obtenida y solicitada antes del 14 de marzo de 2020, y cuyos proyectos no estuvieran adaptados a la última modificación del CTE, obtendrán dichas licencias una vez finalizado el estado de alarma, como consecuencia de la suspensión de plazos de los procedimientos administrativos vigente durante este periodo. Estas obras deberán comenzar en el plazo previsto en la propia licencia, o en defecto de previsión, en el plazo de 6 meses desde el otorgamiento de la misma. En caso contrario se deberán adaptar los proyectos a las modificaciones del CTE aprobadas en el Real Decreto 732/2019.
Las principales modificaciones afectan a los siguientes documentos básicos:
1. Documento básico de seguridad en caso de incendio DB-SI, donde se introducen modificaciones relativas al tipo de reacción frente al fuego de los sistemas y materiales para limitar adecuadamente el riesgo de propagación del incendio por el exterior del edificio, en la sección DB-SI 2. Por lo tanto, los materiales aislantes instalados en fachadas, además de cumplir con la demanda energética del edificio, deberán cumplir con la siguiente clasificación al fuego:
Altura de fachada | Sistemas constructivos de fachada (SATE) | Altura de fachada | Sistemas de aislamiento interior cámaras ventiladas (aislante fachada ventilada) |
---|---|---|---|
≤ 10m |
D-s3,d0 (B-s3,d0 hasta una altura de 3.5m cuando el arranque inferior sea accesible al público desde la rasante exterior o desde la cubierta) |
≤ 10m |
D-s3,d0 (B-s3,d0 hasta una altura de 3.5m cuando el arranque inferior sea accesible al público desde la rasante exterior o desde la cubierta) |
≤ 18m |
C-s3, d0 (B-s3,d0 hasta una altura de 3.5m cuando el arranque inferior sea accesible al público desde la rasante exterior o desde la cubierta) |
≤ 28m | B-s3,d0 |
> 18m | B-s3,d0 | > 28m | A2-s3,d0 |
2. Documento básico de salubridad DB-HS, donde se introduce una nueva exigencia de protección frente al radón, en la sección DB-HS 6, como consecuencia de la trasposición de la Directiva 2013/59/EURATOM del Consejo, de 5 de diciembre de 2013. En esta nueva sección se establecen las normas de seguridad básicas para la protección contra los peligros derivados de la exposición a radiaciones ionizantes, protegiendo así la salud de los habitantes de la exposición al radón en el interior de sus viviendas (promedio anual de concentración límite 300 Bq/m³) que dependerá del municipio donde exista riesgo de exposición (consultar apéndice B de la sección DB-HS6).
3. Documento básico de ahorro de energía DB-HE, donde se modifican diversas exigencias en materia de eficiencia energética. Las principales novedades incluidas en este nuevo documento son:
- Nuevo sistema de indicadores para la evaluación del cumplimiento de las exigencias. Así pues, se mantiene el indicador de consumo de energía primaria no renovable reduciendo su límite, y se definen nuevos indicadores como el consumo de energía primaria total (renovable + no renovable), el coeficiente global de transmisión de calor a través de la envolvente térmica (K) del edificio, el control solar de la envolvente térmica y la permeabilidad al aire que ahora incluye la parte opaca de la envolvente además de la de los huecos.
- Reducciones nominales de consumo de energía primaria no renovable entre el 38% y el 60%, dependiendo de si se trata de viviendas plurifamiliares (en bloque) o unifamiliares, respectivamente, en las zonas más adversas en régimen de invierno.
- En cuanto al uso de energía procedente de fuentes renovables se plantea un aporte del 50% del consumo de energía primaria en la situación límite de consumo de energía primaria total.
- Se mantiene la obligación de utilizar un cierto porcentaje de energía renovable para cubrir las necesidades de ACS (sección HE 4), y también la de generación de energía eléctrica mediante paneles solares fotovoltaicos y otros procedimientos, en edificios de uso terciario (sección HE 5). Se elimina, no obstante, la referencia específica a tecnologías concretas, como la solar térmica o la solar fotovoltaica.
- El ámbito de aplicación se modifica en lo que se refiere a ampliaciones, reformas y cambios de uso, con unas mayores exigencias de aislamiento para los casos de rehabilitación.
Disponemos de una amplia gama de sistemas de aislamiento térmico por el exterior SATE, sistemas webertherm , que cumplen perfectamente con la modificación del CTE donde los espesores de aislamiento se han visto modificados. Cuentan con certificaciones emitidas por organismos acreditados por la EOTA (European Organization Technical Approvals), de acuerdo a la normativa ETAG 004 (European Technical Approval Guideline), guía para documentos de idoneidad técnica Europea vigente para este tipo de soluciones constructivas.
En las siguientes tablas se muestran los espesores orientativos de los sistemas de aislamiento térmico por el exterior a utilizar para cumplir con los requisitos establecidos en el nuevo DB-HE 1 en función a la tipología de obra:
Espesores de aislamiento (mm) por zona climática para rehabilitaciones menores al 25% de la envolvente
Sistema |
Aislante |
Λ (W/m2·k) |
α |
A |
B |
C |
D |
E |
webertherm etics |
EPS |
0,037 |
40 |
40 |
60 |
70 |
80 |
90 |
webertherm etics |
EPS grafito |
0,032 |
40 |
40 |
50 |
60 |
70 |
80 |
webertherm acustic |
Lana mineral |
0,034 |
40 |
40 |
50 |
60 |
70 |
80 |
webertherm mineral |
Mortero termoaislante |
0,042 |
40 |
45 |
60 |
70 |
90 |
100 |
Espesores de aislamiento (mm) por zona climática para obra nueva y rehabilitaciones mayores al 25% de la envolvente
Sistema |
Aislante |
Λ (W/m2·k) |
α |
A |
B |
C |
D |
E |
webertherm etics |
EPS |
0,037 |
60 |
60 |
90 |
120 |
130 |
150 |
webertherm etics |
EPS grafito |
0,032 |
50 |
60 |
80 |
100 |
110 |
130 |
webertherm acustic |
Lana mineral |
0,034 |
50 |
60 |
80 |
110 |
120 |
140 |
webertherm mineral |
Mortero termoaislante |
0,042 |
60 |
70 |
95 |
130 |
140 |
170 |
Para la anterior tabla, se ha tomado como punto de partida las soluciones constructivas F4.1 del CTE. El uso de soluciones constructivas con parámetros característicos iguales a los indicados, no garantiza el cumplimiento de la exigencia, pero debería conducir a soluciones próximas a su cumplimiento.
Contamos con un equipo de técnicos especializados en el asesoramiento a los diferentes agentes implicados en el proceso de diseño y aplicación de soluciones para la envolvente del edificio para la correcta aplicación de las nuevas exigencias del CTE.
Descárgate el folleto CTE
Modificación del Código Técnico de la Edificación